Con referencia a la demanda interpuesta por CC.OO. en relación al cierre de los Servicios de Salud Mental de Arganzuela y Moncloa, se comunica el fallo de la sentencia, que supone:
- Se admite la demanda PARCIALMENTE por el Juzgado de lo Social nº 9 de Madrid.
- Consecuencia de lo anterior, se declara NULA LA DECISIÓN del cierre de los Centros, por ser contraria a derecho (específicamente a lo concerniente a la estabilidad en el empleo).
- Se admite también la reclamación, en cuanto a la modificación unilateral (sin consentimiento ni participación sindical) de las relaciones de puestos de trabajo, las amortizaciones de los puestos de trabajo, así como los traslados forzosos del personal.
No obstante el éxito que esto supone para el colectivo de Salud Mental, es que la sentencia no declara nula la amortización de un puesto de Auxiliar Administrativo, por tratarse de un contrato de interinidad por vacante y que su amortización es conforme al artículo 20.7 de la Ley de Presupuestos de la Comunidad de Madrid para el 2013.
Ante esta situación, CC.OO. va a proceder a recurrir la sentencia, por cuanto la decisión adoptada la consideramos igualmente contraria a derecho.
¡¡JUNTOS PODEMOS!!