NUEVO ATAQUE A LOS CIUDADANOS EN SU DERECHO A LA ASISTENCIA SANITARIA


Nuevo perfil_Español emigrante_2014-01El pasado día 26 de diciembre 2013 se publicaba en el BOE el texto de la Ley General de Presupuestos del Estado, de 528 páginas, que evidentemente pocos ciudadanos de a pie leemos.

Entre artículo y artículo, desgranando desde las retribuciones de los miembros del Consejo General del Poder Judicial, funcionarios del Estado, revalorizaciones de las pensiones públicas – es un decir pues ya sabemos que se fijan en un incremento del 0,25 por ciento -, tributación autonómica, presupuestos ministeriales y un largo etc. en la página 206 aparecen varias  modificaciones del Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social y muy concretamente se incorpora una nueva disposición adicional, la 65ª que dice:

«Disposición adicional sexagésima quinta. Pérdida de residencia a efectos de prestaciones de la Seguridad Social, incluidos los complementos a mínimos.

    • A efectos del mantenimiento del derecho de las prestaciones económicas de la Seguridad Social en las que se exija la residencia en territorio español, se entenderá que el beneficiario de dichas prestaciones, incluidos los complementos a mínimos, tiene su residencia habitual en España aún cuando haya tenido estancias en el extranjero siempre que éstas no superen los 90 días a lo largo de cada año natural, o cuando la ausencia de territorio español esté motivada por causas de enfermedad debidamente justificadas. No obstante lo dispuesto en el párrafo anterior, a efectos de las prestaciones y subsidios por desempleo, será de aplicación lo que determine su normativa específica.
    • A efectos del mantenimiento del derecho de las prestaciones sanitarias en las que se exija la residencia en territorio español, se entenderá que el beneficiario de dichas prestaciones tiene su residencia habitual en España aún cuando haya tenido estancias en el extranjero siempre que éstas no superen los 90 días a lo largo de cada año natural.»

En román paladino, esto quiere decir que cualquier residente en España que esté fuera del país más de 90 días a lo largo de un año natural perderá el derecho de las prestaciones sanitarias.

Situación que afectará muy especialmente a todos los jóvenes españoles que están emigrando en busca de trabajo fuera de nuestras fronteras.

Diversas fuentes manejan diversas cifras con respecto a este colectivo. Las fuentes oficiales del INE (Instituto Nacional de Estadísticas) dan la cifra de 222.391 como emigrantes, de nacionalidad española y residentes en España en el período 2008-2012; otros dan una cifra de 700.000. Es muy difícil saber exactamente cuantos españoles han emigrado durante estos años de crisis, ya que no hay hoy en día ninguna obligatoriedad de señalar a la Administración que uno deja el territorio nacional y algunos  ciudadanos no se registran en los consulados.

Sea como fuere, esto es una vuelta de tuerca más.

¡¡JUNTOS PODEMOS!!

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